¿Quiénes son los representantes generales y los representantes de las candidaturas y cómo se designan?

Toda candidatura debe tener una persona que la represente ante la Administración electoral:

Los representantes generales actúan en nombre de los partidos, federaciones y coaliciones. Su designación se realiza por escrito ante la Junta Electoral de Castilla-La Mancha antes del día 10 de abril (incluido) y debe ir acompañada de la aceptación de la persona asignada.

Los representantes de las candidaturas son nombrados por los representantes generales antes del día 12 de abril (incluido) ante la Junta Electoral de Castilla-La Mancha, que dará traslado de los mismos a las Juntas Electorales Provinciales.

Debe existir uno por cada circunscripción electoral donde la formación política presente candidatura. Los representantes de candidaturas deben personarse ante la Junta Electoral Provincial correspondiente para aceptar su designación antes de la presentación de la candidatura. Las notificaciones, los escritos y los emplazamientos que enviará la Administración electoral a los candidatos se remitirán a su domicilio.

Más información:
Art. 21 de la Ley 5/1986, de 23 de diciembre, Electoral de Castilla-La Mancha.