¿Qué son los administradores electorales y cómo se designan?
Cualquier candidatura debe tener un administrador electoral, responsable de los ingresos, los gastos y su contabilidad. Existen dos tipos de administradores electorales:
Administradores electorales generales: las formaciones que presenten candidatura en más de una circunscripción deben nombrar a un administrador electoral general. Éste último responde a todos los ingresos y a todos los gastos electorales hechos por la formación política y por sus candidaturas, así como también a su contabilidad. Son designados ante la Junta Electoral de Castilla-La Mancha. El escrito de presentación irá junto con la aceptación expresa de la persona designada.
Administrador electoral provincial: responsable de los ingresos, gastos y contabilidad de la candidatura en la circunscripción provincial. Actúan bajo la responsabilidad del administrador general. Son designados por escrito ante la Junta Electoral Provincial (JEP) correspondiente en el acto de presentación de las candidaturas, junto con la aceptación expresa de la persona designada.
Más información:
Artículos 45 a 49 de la Ley Electoral de Castilla-La Mancha.