¿Quién puede entrar en los locales electorales?

Tienen derecho a entrar en el colegio electoral durante el proceso de votación, además de los electores de las mesas:

  • los representantes de las candidaturas
  • los candidatos
  • los apoderados y los interventores
  • los notarios
  • los agentes de la autoridad requeridos por el Presidente
  • los jueces de instrucción y sus delegados
  • representantes de la Administración
  • las personas que deben prestar asistencia a los electores, si lo requieren.

Los accesos al local deben permanecer completamente libres y accesibles para las personas que tienen derecho a entrar en éstos.