¿Quién puede entrar en los locales electorales?
Tienen derecho a entrar en el colegio electoral durante el proceso de votación, además de los electores de las mesas:
- los representantes de las candidaturas
- los candidatos
- los apoderados y los interventores
- los notarios
- los agentes de la autoridad requeridos por el Presidente
- los jueces de instrucción y sus delegados
- representantes de la Administración
- las personas que deben prestar asistencia a los electores, si lo requieren.
Los accesos al local deben permanecer completamente libres y accesibles para las personas que tienen derecho a entrar en éstos.