¿Quién puede votar en las elecciones a Cortes de Castilla-La Mancha?

Son electores los ciudadanos y ciudadanas de Castilla-La Mancha mayores de edad que gocen del derecho de sufragio activo, es decir, que no estén incapacitados judicialmente o inhabilitados para votar por una condena firme.

Para el ejercicio del derecho de voto es indispensable la inscripción en el Censo Electoral único vigente.

El Censo Electoral es único para toda clase de elecciones, sin perjuicio de su posible ampliación para las elecciones Municipales y del Parlamento Europeo.

Más información:
Artículo 2 de la Ley 5/1986, de 23 de diciembre, Electoral de Castilla-La Mancha (LECLM).

Artículo 31 de la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, de Régimen Electoral General (LOREG).