¿Qué ocurre si mi nombre y apellidos, que figuran correctamente en mi DNI, no coinciden con los datos que figuran en el censo de la mesa? ¿Puedo votar?
Sí se puede votar, siempre que, a la vista de los documentos acreditativos de la identidad y del testimonio que puedan dar al efecto otros electores presentes, la Mesa así lo decida por mayoría. En el supuesto de que aun así la identidad genere dudas a la Mesa, el elector habrá de dirigirse a la sede de la Delegación Provincial de la Oficina del Censo Electoral y, aportando el DNI, el Pasaporte o el Permiso de Conducir, una fotocopia de dicho documento y un certificado de empadronamiento, solicitará en el acto la expedición de una Certificación Censal Específica de “corrección de errores”, para poder votar.
Más información:
Artículo 85.4 de la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General (LOREG).