¿Quién firma el acta de escrutinio?

En el acta de escrutinio deben constar las firmas del Presidente de la Mesa, de los dos vocales y de los interventores de las candidaturas.

Más información:

Artículo 99 de la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General (LOREG).